Resumen
La Ley Orgánica del Poder Judicial tiene un destacado alcance jurídico no sólo para el Derecho Constitucional -en razón de que afecta a un Poder esencial del Estado y a un órgano constitucional como es el Consejo General del Poder Judicial-, sino también para el Derecho Procesal -en función de que regula la organización y el funcionamiento de los Juzgados y Tribunales- y para el Derecho Administrativo -en atención a que contempla relaciones jurídicas materialmente administrativas y procedimientos de carácter administrativo, que aluden, entre otros extremos, al régimen estatutario de los Jueces y Magistrados-.
Dicha Ley Orgánica representa, además, el máximo exponente de la autonomía legislativa de una disciplina jurídica: el
denominado “Derecho Judicial”, en el que tienen cabida tres aspectos esenciales: aspectos subjetivos -los órganos integrantes del Poder Judicial y el régimen estatutario de los Jueces y Magistrados, así como de los Secretarios Judiciales y de los restantes Cuerpos de funcionarios al servicio de la Administración de Justicia.