Resumen
Notas críticas a la disposición adicional tercera de la ley 1/1999, de 5 de enero, reguladora de las entidades de capital-riesgo y de sus sociedades gestoras.
Encuadernado en rústica semirrígida y con cubierta gris. Edición de 2000.
La Ley 1/1999, de 5 de enero, reguladora de las entidades de capital-riesgo y de sus sociedades gestoras, contempla en su disposición adicional tercera las cesiones de créditos que engloba el contrato mercantil de factoring a fin de eliminar el juego de las reglas de la retroacción de la quiebra de su seno.
Ahora bien, la norma acaba teniendo un alcance mayor al no aplicarse tampoco la retroacción a otros contratos en los cuales una entidad de crédito aparece como cesionaria de créditos, como por ejemplo sucede con los contratos de descuento, que se liberan así también de este instituto concursal.
El objeto de este estudio es ofrecer un primer análisis de esta norma, análisis especialmente complejo al adolecer la misma de un insoportable grado de imperfección técnica, lo que provoca todo un semillero de problemas interpretativos que deben ser abordados con especial rigor.<